INGENIEROS DE LA ARMADA. Título que habilite para las profesiones reguladas de Ingeniero Naval y Oceánico, Ingeniero de Telecomunicación o Ingeniero Aeronáutico, y en segunda prioridad al resto de las titulaciones previstas en el RD 35/2010 y la Orden DEF/853/2014 para la Escala de Oficiales del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
Doctorado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente
Convoca Ministerio de Defensa
.
PERSONAL: PERSONAL ESTATUTARIO, MILITAR, OTRO-
MILITAR.
Ambito
NACIONAL
Plazas:
Convocadas:
2
Libres:
2
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