INGENIEROS DE LA ARMADA. Título que habilite para las profesiones reguladas de Ingeniero Naval y Oceánico, Ingeniero de Telecomunicación o Ingeniero Aeronáutico, y en segunda prioridad al resto de las titulaciones previstas en el RD 35/2010 y la Orden DEF/853/2014 para la Escala de Oficiales del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.

Doctorado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente Convoca Ministerio de Defensa . PERSONAL: PERSONAL ESTATUTARIO, MILITAR, OTRO- MILITAR. Ambito NACIONAL Plazas: Convocadas: 2 Libres: 2

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